Los exgobernadores a proceso. Retos de la procuración de justicia (primera parte)

 

El día de ayer, 7 de octubre de 2017, distintos medios de comunicación hacían el recuento de cuántos exgobernadores están sujetos a algún proceso de carácter penal. Ocho detenidos (algunos de ellos, dentro del territorio nacional  otros, sujetos a procesos de extradición) y uno más en fuga, más los que se acumulen en los meses por venir, conforme vayan concluyendo sus mandatos o bien, conforme se integren las averiguaciones o carpetas de investigación, según sea el caso.

Es un momento inédito del cual el lector tendrá la mejor opinión sobre el contexto en que esto ocurre, por mi parte, trataré de abonar las cuestiones que pocas veces leemos en los medios, tal vez por el carácter técnico de las mismas, pero que son necesarias para entender cómo y porqué se dan esta clase de procesos y explicar los retos del Estado frente a este fenómeno que va más allá de solo nueve personajes.

¿A qué me refiero? En particular a las instancias de investigación y de litigio necesarias para poder llevar ante la justicia a esta clase de personas que detentaron el más alto mandato en sus respectivas entidades.

 

Los delitos

 

Los delitos imputados a la mayoría de los exgobernadores tienen que ver con su período de gobierno y los caudales o las propiedades del Estado que se distrajeron de su objeto y terminaron en manos de terceros o en el caso de grandes extensiones de tierra que fueron ofertadas en precios muy lejanos de su valor real. Es por ello que escuchamos sobre delitos que impactan en la propia federación o en el ámbito de las legislaciones penales de cada estado.

El peculado, la operación con recursos de procedencia ilícita, el ejercicio indebido de la administración pública, el cohecho, son los tipos penales más frecuentes y, según sea su naturaleza, son investigados por las fiscalías locales o por la Procuraduría General de la República. Por eso, en un primer apuntamiento podemos observar el hecho que, al carecer de una legislación penal homologada, cada exgobernador se enfrentará a distintos tratamientos penales sobre conductas similares, lo que de suyo comienza por complicar este trabajo, ya sea de la acusación o de su defensa.

Cada estado tiene su propio catálogo de delitos y la Federación uno más. Con ese panorama, las distintas autoridades no solo interpretan los hechos a la luz de normas diferentes, sino que además, este problema contribuye a una deficiente coordinación entre autoridades investigadoras de fueros distintos (estatal y federal)

 

Mecanismos de supervisión y control del ejercicio de gobierno.

 

Derivado de la soberanía de cada estado y, en ocasiones amparados por ella, los gobernadores solo tienen como método de control las legislaturas locales y el Congreso de la Unión por cuanto hace a los caudales que le son ministrados, por lo que los mecanismos de vigilancia pueden no ser los suficientes para evitar las conductas que finalmente son detectadas y denunciadas.

Asimismo, para cuando esto ocurre, existen distintos candados legales que imposibilitan una actuación más eficaz para contrarrestar esta clase de actos. De ahí la urgente necesidad de contar con una fiscalía anticorrupción y que desaparezca el fuero para los gobernantes para esta clase de actos. Las fiscalías autónomas de cada estado no están exentas del poder que ejerce un gobernador en su entidad.

Las Unidades de investigación financiera deben contar con la capacidad para detectar no solo el caudal faltante, sino el empleo que se le haya dado al dinero público (“follow the money” seguir la ruta del dinero) o a los bienes ofertados de manera indebida, así como detectar los contratos derivados de licitaciones hechas a modo o adjudicaciones de contratos de manera directa que se realizan para evitar el proceso legal respectivo. Y una vez hecho lo anterior, identificar quién o quiénes participaron en este tipo de actos, pues la corrupción no es un acto unipersonal, implica la participación de redes que han sabido actuar contra la Ley y por supuesto, contra el Estado.

La labor no es simple, pues esta clase de actos, en muchas ocasiones no están documentadas por los altos mandos, sino realizadas por mandos de menor jerarquía y por tanto, se dificulta imputar a una persona del nivel de un gobernador.

El poder legislativo tiene una asignatura pendiente al respecto. Ha sido omiso en el nombramiento del fiscal anticorrupción.

 

(continuará…)