Este 21 de diciembre se llevará a cabo la ceremonia solemne con motivo del 80 aniversario de la Academia Mexicana de Ciencias Penales
Habrá transmisión por medio de la plataforma del Instituto Nacional de Ciencias Penales
¡Acompáñenos!


Este 21 de diciembre se llevará a cabo la ceremonia solemne con motivo del 80 aniversario de la Academia Mexicana de Ciencias Penales
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La Sociedad Mexicana de Criminología publica puntualmente su hoja, mediante la cual da las noticias sobre las actividades de la propia sociedad y sus integrantes.
En esta ocasión aparecen distintos eventos en los que tuve el honor de participar, tales como el Congreso (virtual) de Derecho Penal organizado por la Facultad de Derecho (UNAM), en la mesa 18 sobre delitos informáticos, así como en el homenaje pedido por sus setenta años como abogado del Dr. Ricardo Franco Guzmán.
Agradezco enormemente al Dr. Rodríguez Manzanera por la cálida felicitación con motivo de mi ingreso a la Academia Mexicana de Ciencias Penales.
Así como agradezco a quienes hacen realidad la hoja criminológica por la reseña al libro
La responsabilidad penal de las personas morales y las nuevas tecnologías, publicado por Porrúa (2020)
esta es la hoja en su versión PDF:
El pasado 7 de junio de 2020 se cumplieron 70 años del examen de titulación del Dr. Ricardo Franco Guzmán, con ese motivo convocamos al INACIPE, a la Facultad de Derecho de la UNAM, a la Barra Mexicana Colegio de Abogados, la Asociación Nacional de Doctores en Derecho y a la Academia Mexicana de Ciencias Penales para rendirle un breve y emotivo homenaje al gran penalista mexicano.
La pandemia nos obligo al encierro, pero no nos podíamos quedar con el festejo entre los pendientes.
Dr RFG
El 7 de febrero de 1928 nació Ricardo Franco Guzmán, extraordinario penalista. Abogado desde 1950 y profesor universitario desde 1953. Miembro de la Academia Mexicana de Ciencias Penales.
Es un privilegio ser su discípulo.
Muchos años más estimado maestro.
El doctor Manuel Vidaurri Aréchiga, autor de esta casa editorial y profesor investigador de la Universidad De La Salle Bajío, participó como docente en la maestría en Derecho penal y procesal penal de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras.
Ante un grupo de estudiantes conformado por jueces, fiscales, defensores, litigantes y funcionarios de alto nivel del sistema de justicia penal del país centroamericano, Vidaurri Aréchiga impartió en un curso intensivo la asignatura Derecho penal y Teoría general del delito los días 24 a 28 de julio del 2017.
Cabe señalar que este es el primer programa académico de su tipo que se imparte en la Universidad Nacional hondureña. Nuestro autor formó parte del grupo de docentes fundadores del mismo, además de haber sido integrado al Comité Investigador de la Maestría.
En el desarrollo del curso, Vidaurri explicó temas relativos al concepto, contenido y función del derecho penal, además de exponer dos tópicos importantes de la teoría del delito: por un lado, la teoría de la imputación objetiva, y por otro, la evolución del concepto y el contenido material de la culpabilidad. Los textos que sirvieron de base para el curso impartido en el posgrado fueron Introducción al derecho penal (OUP, 2012) y Teoría general del delito (OUP, 2013).
Por otra parte, en el marco de su visita académica a la capital hondureña, Manuel Vidaurri impartió una conferencia en las instalaciones del Poder Judicial, cuyos integrantes manifestaron especial interés en la teoría de la imputación objetiva del resultado; esta cuestión fue abordada ante numerosos jueces de sentencia y funcionarios judiciales, quienes realizaron comentarios y preguntas en torno de esta perspectiva teórica.
En palabras del propio doctor Vidaurri, “esta experiencia en la Universidad Nacional Autónoma de Honduras me permitió, por un lado, ampliar la presencia académica y el intercambio de experiencias con especialistas del derecho penal y, por otra parte, comprobar que las obras editadas por Oxford University Press resultan de especial interés para docentes, estudiantes y funcionarios del sistema penal de aquel país centroamericano”.
Fuente : Oxford University Press México
“Falta explicación”
Para quienes estuvimos en la cátedra del Dr. Ricardo Franco Guzmán, no será difícil entender lo que significa la frase “falta explicación” y es que en el examen final, una mala respuesta o una respuesta incompleta se hacían merecedoras de esa frase que quedaba impresa con un sello que tenía esas dos palabras lapidarias.
Muchas generaciones aprendieron que un examen con Franco Guzmán no era cosa fácil y había que hacer mucho acopio de conocimientos para eludir la impresión de ese sello.
En lo particular lo padecí cuatro veces en el mismo número de intentos, pero a su vez, fueron el principio del diario estudio de esta especialidad tan apasionante.
Hoy, con esa nostalgia recuerdo el sello y con emoción lo recibo (junto con el sello de “mal, véase el art. ____”) como un gran legado de cátedra. No para utilizarlo con mis alumnos. Sino para rememorar esos lejanos días de estudiante, cuando todo esto comenzó.
El 19 de octubre, tuve el honor de presentar una ponencia en la casa del gran maestro Don Miguel de Unamuno: la Universidad de Salamanca. En el marco de sus ochocientos años de historia, se llevó a cabo el XX CONGRESO IBEROAMERICANO DE DERECHO E INFORMÁTICA.
Mi tema fue periscope y su uso por parte de las autoridades. Es un tema polémico pues aunque sus propósitos parecieran ser válidos, lo cierto es que se utilizó en su momento esta herramienta digital ante la ineficacia de leyes y autoridades que pudieran contener el problema de: calles apartadas con botes, palos, piedras, etc., tiraderos de basura improvisados, franeleros, gente estacionada en lugares prohibidos, banquetas tomadas por particulares, entre otras conductas reprobables.
Así que en esas lejanas latitudes y en medio de un ambiente festivo por la cercanía de los 800 años de la Universidad (de hecho la ciudad está en franco remozamiento para tal efecto), presenté el trabajo correspondiente que fue publicado en las memorias del propio congreso y que en su parte medular (de la cual dí un avance para la revista el mundo del abogado) establezco:
“Este artículo es una reflexión derivada del uso que le ha dado un funcionario de la Delegación Miguel Hidalgo (Ciudad de México) a la aplicación Periscope, desde enero de 2016 a la fecha. Este hecho ha ocasionado tres momentos en particular: el primero, cuando al reprender (por cuestiones de justicia cívica) a una señora que tiraba basura en la calle, apareció el rostro de su hijo (que no era infractor ni partícipe) quien, por ser menor, quedó expuesto al discrimen social y a un reproche que no merecía; el segundo incidente ocurrió con una persona con aparente discapacidad que tuvo la misma suerte y, por último, se dio el caso de que al intentar bajar vehículos de la banqueta, el funcionario quedó sujeto a las amenazas del dueño de los vehículos, quien, al parecer, una semana después intentó privarlo de su libertad y cuya agresión terminó en lesiones y robo.
Semanas más tarde, el mismo funcionario volvió a utilizar la aplicación para exhibir a personas que, presuntamente (pero no probablemente), ejercían la prostitución, lo cual desencadenó una nueva protesta al sentirse este grupo vulnerado y discriminado por su aspecto y afectado en su dignidad.
Con estos antecedentes tenemos abierto un debate sobre el uso de esta aplicación, ya que en principio deben tomarse en cuenta los siguientes puntos:
Asimismo, la actuación del funcionario no debe confundirse con la del ciudadano en cuanto al margen de derechos y obligaciones, ni tampoco puede invocar derechos personales cuando está actuando como autoridad. Lo que no significa que las autoridades no estén protegidas por el derecho, como se suele argumentar. Por ello, existe un marco regulatorio para que puedan desempeñar sus funciones y no se afecte su función ni su persona.
La transparencia en todo caso debe procurarse desde la actuación del funcionario y no enfocando en la persona transgresora. Se debe documentar la actuación de la autoridad. Esto es, la autoridad puede documentar su actuación y de hecho es conveniente que esto sea obligatorio, porque así el ciudadano podrá pedir copia del video cuando considere que la autoridad le conculcó sus derechos, pero eso de ningún modo autoriza a la autoridad para dar a conocer, en tiempo real, presuntas faltas, porque no solo prejuzga, sino que se adelanta al criterio del juez cívico y expone al ciudadano a un reproche social que también puede resultar infamante.
Lo anterior ya ocurre con las grúas de la Ciudad de México que deben de grabar sus actuaciones, o en el caso de la videovigilancia que graba en tiempo real, pero solo mediante una solicitud a la autoridad y una vez que se haya justificado dar a conocer el contenido de sus grabaciones.
4.- La naturaleza de la aplicación Periscope, que se trata de una aplicación que en red social transmite video y audio en tiempo real. Y todo lo anterior se desató porque la titular de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, en lugar de emitir una recomendación, se limitó a hacer conjeturas de la actuación del funcionario delegacional.
Consideramos necesario hacer esta aclaración, pues en el caso que nos ocupa, estas cuestiones parecen haber sido obviadas del contenido del documento el cual resulta, y, por ende, ambiguo.”
La ponencia tuvo buena aceptación y recibí comentarios positivos sobre mi presentación (la cual fue transmitida en streaming y también hice lo propio a través de periscope, coincidentemente con el tema tratado).
El propio congreso fue también una ocasión para conocer a expertos en los temas de nuevas tecnologías, de cuyos encuentros destaco el de la Dra Bibiana Luz Clara, cuyas aportaciones fueron fundamentales para mis primeros trabajos en la materia y la cálida recepción del Dr. Federico Bueno De Mata, quien fue el encargado de la logística de este congreso y de la edición puntual de sus memorias.
No puedo dejar de agradecer el invaluable apoyo del INFOTEC para la realización de esta conferencia así como del viaje de investigación que hice a la par.
A continuación me permito compartir algunas imágenes de este evento.
Sin duda fue un privilegio académico poder estar en dichas aulas compartiendo experiencias con colegas de otras latitudes.
[1] De Dienheim Barriguete (2016) destaca: “Así pues, el derecho al respeto a la vida privada o intimidad, al honor e incluso a la imagen propia, son considerados ya como derechos humanos fundamentales, establecidos por diversos instrumentos internacionales como son la Declaración Universal de los Derechos Humanos aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948 (artículo 12), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966 (artículos 17 y 19), la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969 (artículos 11 y 13), y en la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989 (artículo 16), instrumentos todos estos firmados y ratificados por nuestro país. Cabe señalar que también existen otros instrumentos que establecen este derecho como son: la Convención de Roma para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de 1959, la Declaración de los Derechos y Libertades Fundamentales aprobadas por el Parlamento Europeo y la Carta Africana de los Derechos del Hombre y de los Pueblos de 1981 y de los que México no es parte.”
(Publicado en El mundo del abogado de agosto de 2016)
“El negocio principal del hombre es vivir y
acabar de vivir de manera que la buena vida que tuvo,
y la buena memoria que deja, le sean urna y epitafio”
Francisco de Quevedo y Villegas
(Epístola XXXIX)
El 13 de julio de 2016 amanecimos con la triste noticia de que, un día antes había fallecido el maestro Marco Antonio Díaz de León Sagaón, extraordinario procesalista en materia penal.
Miembro de número de la Academia mexicana de Ciencias Penales y antiguo profesor del INACIPE. Fue un acérrimo crítico del nuevo sistema de justicia penal, lo cual le trajo como consecuencia tener que navegar contra el discurso oficial sostenido por la nueva generación de procesalistas y toda la cauda de cursos y bibliografía que pretendían arrasar con su obra.
Pero ¿Quién fue Marco Antonio Díaz de León Sagaón?
En el libro que Sergio Correa escribió sobre la Academia Mexicana de Ciencias Penales se puede encontrar una breve referencia sobre este penalista:
El Dr. Marco Antonio Díaz de León Sagaón, nació el 25 de diciembre de 1941, fue originario del Estado de Hidalgo. Fue Doctor en Derecho egresado de la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho de la UNAM, donde cursó también la especialidad en Ciencias Penales, la Maestría en Política Criminal, así como los estudios de la Licenciatura en Derecho.
Fue profesor por Oposición de Derecho Procesal Penal de la Universidad Nacional Autónoma de México e impartió esta asignatura en la Facultad de Derecho de la UNAM y de Acatlán, UNAM desde 1971. Igualmente fue profesor de la UNAM Acatlán, de las materias de Derecho Constitucional y de Teoría General del Proceso. Profesor de posgrado de: el Instituto Nacional de Ciencias Penales, de la Universidad Panamericana de la Universidad de Tlaxcala y de la Universidad de Coahuila, en la materia de Derecho Procesal Penal y en las especializaciones de Prueba y de Recursos en el Proceso Penal.
Miembro del Comité Tutoral de Derecho Procesal Penal del Posgrado en la UNAM,
Fue miembro de número en la Academia Mexicana de Ciencias Penales, a la cual ingreso en el año 1989, del Instituto Mexicano de Derecho procesal y Vicepresidente del Centro de Estudios de Política Criminal y Ciencias Penales.
Dictó más de cien conferencias sobre las especialidades mencionadas en distintos foros nacionales y del extranjero.
Desempeñó diversos cargos como los de Director General de Control de Procesos de la Procuraduría General de la República; Director General de Procesos de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; Coordinador de Asuntos Especiales de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; Coordinador de Asesores del Procurador General de la República; Director General Jurídico del Tribunal Superior Agrario y Magistrado Numerario del Tribunal Unitario Agrario del Distrito Federal.
Autor de varios libros como: Teoría de la acción Penal, Tratado sobre las Pruebas Penales, Diccionario de Derecho Procesal penal, Código Federal de Procedimientos Penales Comentado, Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal Comentado, Historia del Código Federal de Procedimientos Penales, Código Penal Federal con Comentarios, Derecho Penal Mexicano. La reforma de 1996, Delincuencia Intrafamiliar y Delitos contra Derechos de Autor, Historia del Derecho Penal y Procesal Mexicanos, así como de múltiples artículos en diversas revistas sobre las materias Penal y Procesal Penal.[1]
Apenas hace unos días se publicó en la revista Iter Criminis (INACIPE), la separata 2015 con un trabajo del doctoren el que aborda en 150 páginas, el estudio de algunos artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales.
En lo personal, tuve la oportunidad de escuchar al maestro en el despacho del Dr. Ricardo Franco Guzmán, por allá del año 2007. A pesar de haber terminado una larga jornada en los tribunales agrarios, pasaba a ver a su antiguo maestro y amigo para hablar de lo que le apasionaba: las minucias del proceso penal. Durante algunas horas retomaba su cátedra para quienes lo escuchábamos en un espacio informal. Casi no había diálogo. Tomaba con mucha seriedad los tópicos planteados y le preocupaba la terminación de un viejo sistema bajo argumentos que no terminaban de convencerlo.
Poco tiempo después coincidimos en un rito cotidiano en el salón de profesores del INACIPE donde registraba su entrada y salida y luego, ese rito se terminó. En los últimos años dejó la cátedra, la novedad de los temas del nuevo sistema de justicia penal, paulatinamente se fueron apropiando de los diversos programas de estudio sobre la materia procesal penal. Se puso énfasis en el juicio oral y en las llamadas estrategias de litigación, pero todo a la luz de códigos inexistentes y de prácticas de otras latitudes. El maestro dejó su cátedra y con ello dejó también un gran vacío, sin embargo, su inquietud por la ciencia procesal se mantuvo vigente hasta el último de sus días.
Escribió sobre la arena movediza que es en estos tiempos abordar una ley o comentar un artículo de un código. Hoy en día las normas carecen de una temporalidad similar a la de otras épocas. Las leyes hechas sobre las rodillas requerían de una nueva composición, de modificaciones o supresiones, según el criterio del legislador. Así que muchas de las obras del maestro sufrieron el terrible deterioro que le dejaron los vaivenes legislativos. Y sin embargo, dos obras quedaron en pie para la posteridad: las relativas a la historia del derecho penal y su enorme tratado sobre las pruebas penales que, muy al estilo de Mittermaier, sobrevivirán por generaciones.
La ironía de la vida es que, el plazo de un nuevo sistema de justicia penal se cumplió y el doctor se fue. Dejó la antorcha de ingentes trabajos de interpretación de la ley. Muchos se quemarán antes de poder apropiarse de esa luz que no está hecha para improvisados. Sus obras son producto del tiempo, de su tiempo.
El doctor Díaz de León era un hombre práctico, fue magistrado agrario a pesar de que su vocación estaba con las ciencias penales. Había que trabajar para cubrir los gastos terrenales y, por otra parte, escribir y estudiar sobre el proceso penal para vivir. Ahora que ha partido, parafraseando a Borges, seguro estoy que sigue desentrañando el sentido del enigma y de las otras leyes.
Hasta otro día maestro.
[1] Cfr. Correa García, Sergio J., Historia de la Academia Mexicana de Ciencias Penales, Porrúa, 2001, pp. 749 – 750.
Esta semana tuve la grata oportunidad de reunirme con el Licenciado Ignacio Ramos Espinosa quien fue mi primer jefe en el ámbito jurídico (ya que mi primer jefe fue mi padre QEPD) y con el Dr. Ricardo Franco Guzmán, quien no solo ha sido mi guía en el ámbito académico y profesional por más de veinte años.
Con su presencia, me recordaron que si hay buenos jefes en el mundo que no solo lo llenan a uno de conocimientos sino de gratas experiencias al grado de deberles lo bueno que uno ha producido en el mundo jurídico.
Esta foto reúne distintos tiempos, desde que llegué al área de amparos (con mi gran amigo y maestro el Lic. José Andrade Corona) de la entonces Secretaría de la Reforma Agraria donde el Director General Jurídico me dijo: ¿no tienes trabajo? ven, aquí te tengo algo. Era el Licenciado Ramos Espinosa, que también había sido mi maestro de Derecho Administrativo.
Durante aquélla época de oficina, entre tantos papeles, papel carbón y máquinas de escribir, logré ganarme un puesto que no existía: hacer los recursos de queja.
Fue un año de mucho aprendizaje de una institución con la cual pude integrarme al despacho del Dr. Ricardo Franco Guzmán: El juicio de amparo.
¿Qué puedo agregar a esta página si no la gran admiración que me ha movido para seguir los pasos de mi maestro en el mundo del Derecho Penal, dando continuidad a sus ideas, a su trabajo científico, a difundir su pensamiento en la academia y tratar de seguir su ejemplo en el foro?
El Dr. Franco Guzmán ha sido mi ejemplo de vida profesional, fue mi maestro de Derecho Penal I y II en la Licenciatura, mi profesor de Teoría de la Culpabilidad en la maestría y mi tutor en el Doctorado, además de mi prologuista en tres libros y haberme dado trabajo como consultor en su despacho desde 2004; su espíritu y sus palabras me llenan de ideas para seguir escribiendo sobre su obra, que en tantas veces se ha quedado plasmada en los excelentes escritos que presenta a jueces, magistrados y ministros.
Pronto se habrá de publicar un libro más en homenaje a este gran maestro del Derecho Penal.
Haber encontrado a mis dos jefes en la misma comida fue para mi algo histórico, lleno de cosas buenas y gratos recuerdos. Por eso tomo esta pausa para aprovechar el día del maestro y escribir estas líneas en gratitud por su apoyo de toda una vida.
El miércoles 14 de mayo conversaré con los asistentes a la librería itinerante (toluca, México)
Aquí el programa completo:
El 7 de mayo se entregaron las veneras:
“Celestino Porte Petit”
“Raúl Carrancá y Trujillo”
“Fernando Castellanos Tena” y
“Iustitia et Ius”
los premiados fueron
El Secretario del Trabajo Alfonso Navarrete Prida
El Procurador General de Justicia del Distrito Federal Rodolfo Ríos Garza y
El Dr. Juan Carlos Ferré Olivé
(Universidad de Huelva, España)