¿Error de prohibición indirecto en el caso de los policías de Morelos?

Recientemente hubo un caso donde fallecieron tres escoltas del Procurador General del Estado de Morelos. Las teorías se dividen entre lo que pudo ser un atentado o un error. Si fuera lo segundo, podríamos retomar un ejemplo  que aparece en el libro El error en el Derecho Penal, Porrúa, México, 2007. (de Nava Garcés)

Caso 1.- Un grupo de agentes judiciales del Distrito Federal se adentra en territorio del Estado de México, mientras persigue a un grupo de conocidos y peligrosos secuestradores. Avisan por radio de la persecución en cita así como de la incursión al territorio de la entidad vecina. En el Estado de México, un grupo de judiciales se entera del ingreso a su territorio de un grupo de secuestradores, por lo que salen a su encuentro. Ambas corporaciones policíacas utilizan vehículos sin algún indicativo de la corporación a la que pertenecen. Asimismo utilizan ropa común sin distintivo alguno. Los secuestradores encuentran un lugar boscoso donde, al amparo de la oscuridad logran desaparecerse de la vista de sus perseguidores y del inminente encuentro con los otros policías que iban a su encuentro. Ambos grupos policíacos se encuentran de frente. Se observan armados y apuntándose uno al otro. Comienza la balacera. No hay heridos. Sólo daños materiales a las patrullas, especialmente a las del Estado de México. Logran identificarse como grupos policíacos. Se detiene la balacera. Se aprehende a los policías judiciales del Distrito Federal. Se les acusa del delito de Daño a los bienes.

Lo que en un principio Ferri hubiera denominado como “una legítima defensa doble o recíproca”[1], lo cierto es que en nuestros tribunales se eludió el estudio a fondo sobre el particular. Los policías judiciales salieron absueltos, pero nunca con una sentencia clara y apegada a los hechos, sino ante la imposibilidad de juzgarlos por cuestiones que obedecían más a defectos en el procedimiento que a un estudio sobre el fondo, lo que reitera nuestra insistencia en que se aborde el tema en el lugar donde la dogmática cobra actualidad: en el foro.[2]


[1] En su libro Defensas Penales, Ferri escribió: Este es, pues, el problema sobre el cual tengo ahora el honor de llamar vuestra atención. He pedido y os pido meteros ‘en la camisa del acusado’, porque en mi experiencia profesional, más que en mi reflexión de amante del estudio, he comprobado que cuando el juez llega a realizar este deber suyo, es decir, el de ponerse en la ‘camisa del sindicado’, la sentencia siempre corresponde a la justicia y a la realidad.

Quiero daros de esto un solo ejemplo. Hace algunos años, en un sonado proceso de competencia de los tribunales de jurados, trasladado de la Romaña a Módena por legítima sospecha, anuncié y sostuve una tesis que era nueva, tanto en la ciencia como en la práctica. Se trataba de cinco o de seis homicidios que habían ocurrido un domingo en la tarde, en un villorrio vecino a Rabean, entre republicanos y socialistas. Se encontraron en el patio de una hostería. En un momento dado, no sé cómo, surgió un choque sangriento y en pocos instantes quedaron cinco cadáveres sobre el terreno. Los autores no fueron detenidos y se marcaron después a sus casas. Se adelantó el proceso ante el tribunal de Módena. Yo sostuve la tesis de la legítima defensa recíproca. Recuerdo que el representante del ministerio público, que no tenía la ciencia, la agudeza de ingenio y la inteligencia del actual representante de la acusación pública, dio un salto en su poltrona, cuando, en una de las primeras audiencias, me escuchó enunciar una tesis de tal naturaleza, y exclamó: ‘¡Jamás he oído decir cosas semejantes!’. Yo le repuse: ‘Desde ahora en adelante no volverá a decirlo’ (Risas)

Y sostuve aquella tesis que a primera vista puede parecer un contrasentido, una contradicción. ¿Cómo? ¿Legítima defensa recíproca? La legítima defensa se admite solamente contra un injusto agresor. Si es necesario un injusto agresor, no puede haber legítima defensa recíproca, porque esto querría decir que tanto el uno como el otro individuo es un injusto agresor. Estas es la conclusión de la lógica abstracta, pero la observación de la realidad humana demuestra, en cambio, que la defensa puede ser legítima, tanto de parte del uno como de parte del otro.

Vosotros, ahora que os sentáis en vuestros sillones de jueces, tranquilos, debéis considerar el momento en que aquellas personas obraron; si por equivocación, por una ilusión sensorial, el uno creyó ser agredido por el otro, y aquel otro, viendo venir delante aquella persona, reaccionó. Es este un caso de legítima defensa recíproca en el cual cada uno cree de buena fe que es agredido, toma erróneamente cualquier movimiento de su adversario como un movimiento para atacarlo y entonces se pone en defensa, y si el equívoco no se esclarece, uno y otro mata creyendo que se defiende.

He aquí la legítima defensa recíproca, ya que en la legítima defensa, el estado de ánimo de quien obra vale más, para juzgar la responsabilidad, que la realidad objetiva de los hechos. Esos dos grupos en aquel patio creyeron, con un movimiento cualquiera de uno de ellos, ser agredidos, y se lanzaron el uno contra el otro para defenderse. Y los jurados de Módena absolvieron a unos y otros, a pesar de las trágicas consecuencias del hecho, porque se convencieron de que hay casos trágicos que responden a veces a la realidad de la vida.

Pero haced una hipótesis: una noche, en una hora de la madrugada, después de media noche, un individuo llega a su casa. Abre el portón. Hay un corredor. En el fondo de este ve a una persona. ¿Qué está haciendo? Tiene inmediatamente la impresión de que es bueno ponerse en guardia contra un posible agresor. Si tiene un arma, la empuña. El otro individuo puede ser solo el sereno que espera a la doméstica para galantearla; pero este ve a aquel individuo, que no conoce, con el arma empuñada. Y cree que quiere matarlo. En esta forma solo se defiende. ¿Cuál de los dos es el agresor y cual el homicida? Si por desgracia el equívoco no se esclarece antes del conflicto, pueden sobrevenir consecuencias trágicas. He aquí el caso de la legítima defensa recíproca. Y es solamente poniéndose en las condiciones de esos dos individuos, es decir, en su estado de ánimo, en la creencia de la buena fe de que uno y otro es agredido por el adversario, como el juez puede impartir justicia.

Si, por tanto, para hacer justicia es preciso que el juez comprenda y sienta, no solo las condiciones materiales de los hechos sino también, y sobre todo, las condiciones subjetivas del reo, es necesario que en relación con la causa presente hagamos la reconstrucción moral y social del momento en que los acusados pudieron haber participado en la muerte de Sonzini y Simula, para deducir de él el grado de culpa, cuya responsabilidad deben asumir frente a la justicia humana.” (Ferri, Enrico, Defensas Penales, 6ª ed. (trad. Jorge Guerrero), Temis, Bogotá, 2000, pp. 149 – 150.)

[2] Sobre la defensa propuesta por Ferri, Nodier Agudelo Betancur escribe:”En este punto debe destacarse la genialidad de Ferri cuando en la defensa de los campesinos de Ravena ideó la tesis de la ‘legítima defensa recíproca’; si bien hay que decir que tuvo un error de conceptualización. En efecto, entre los campesinos de dos veredas había serias disputas, animadversión y prevención; unos iban y otros venían por el mismo camino y se encontraron en determinado sitio en una explanada: en pocos momentos hubo un tendal de muertos y heridos. Largas fueron las disputas en la audiencia, pues los abogados de un grupo echaban la culpa al otro grupo y los de éste a aquéllos, etc. Enrico Ferri fue el último en tomar la palabra y pidió la absolución para todos: obraron en ‘legítima defensa recíproca.’

Es admirable la genialidad del autor al concebir que en un momento dado se pudiera absolver a ambos contrincantes; sin embargo, se equivocó el autor en el fundamento. Porque, en verdad, no puede haber legítima defensa contra una legítima defensa; lo que sucedió es que unos, creyendo que se les atacaba, obraron en defensa putativa: por el error en el que incurrieron obraron sin culpabilidad; los otros sí obraron en legítima defensa, pues como en la defensa putativa el comportamiento es típico y antijurídico, esta es la base de la agresión injusta que posibilita la legítima defensa.

O sea, la absolución para uno se funda en la inculpabilidad, y para los otros, en la justificación.

Normalmente las causales de inculpabilidad hay que alegarlas, mientras que las causales de justificación no hay que alegarlas necesariamente.

Según la doctrina, las causales de justificación son objetivas o prevalentemente objetivos en el siguiente sentido: lo justo o injusto de un acto no depende ni de las creencias del autor ni de sus cualidades; lo justo o injusto depende de las valoraciones objetivas del legislador.” Agudelo Betancur, Nodier, La Defensa putativa en el nuevo Código Penal, Universidad Externado de Colombia, Bogotá, 2004, pp. 26 – 27.

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Ricardo Franco Guzmán, Breve antología penal, (Alberto Enrique Nava Garcés, compilador), Porrúa, México, 2012, pp. 246.

El doctor Ricardo Franco Guzmán prefiere vivir que recordar, sin embargo, cuando cumplió sesenta años como abogado y cincuenta y seis como profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM, le fue imposible evitar una pausa para rememorar lo vivido desde entonces.  Es mi maestro desde hace más de veintitrés años y desde hace ya algunos otros me ha permitido colaborar modestamente para su despacho. Con esa carta credencial, la tarde del 4 de junio de 2010, me dio la oportunidad de entrevistarlo como su incipiente biógrafo. Así, tuvimos una larga conversación sobre su trayectoria, la cual fue publicada en distintas revistas especializadas. Ahora, esta versión más amplia es la honrosa introducción a los textos de esta breve antología… (tomado del prólogo)

Este trabajo consta de tres partes:
una breve biografía
artículos del maestro y
acervo fotográfico.
Empastado en piel.
Un pequeño homenaje para un gran maestro del Derecho Penal en México.

 

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Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con comentarios

Recién salida de las imprentas de la prestigiosa editorial Porrúa, aparece una ley de extenso nombre,  Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con los comentarios deAlberto Enrique Nava Garcés.

            Como lo refiere el autor, El lunes 4 de mayo de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma al párrafo primero de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en donde se estableció la facultad del Congreso par legislar en materia de delitos relacionados con el secuestro. Un monstruo de varias cabezas que debía ser combatido con energía y, por supuesto, esperando que la propia ley estableciera, dentro de las distintas competencias de gobierno un programa para la prevención. Con esta nueva ley se puso fin, por lo pronto, a un caos legislativo en toda la República en cuanto a la interpretación de diversas conductas relativas al secuestro.

La sociedad civil impuso la agenda y bajo la dirección del entonces subprocurador Jorge Lara Rivera, se coordinaron los trabajos multisectoriales encabezados por la Procuraduría General de la República y la Secretaría de Seguridad Pública Federal, para establecer la ley que ahora es comentada.

Un gran debate se originó respecto a temas como prisión vitalicia y los mediadores en el delito de secuestro, su participación o su responsabilidad penal, la imprescriptibilidad de algunos tipos penales, la cancelación de beneficios preliberacionales. De modo tal que la antigua legislación contenida en el Código penal federal quedó superada con este nuevo texto.

Un tema sumamente difícil es el relativo a la prevención del delito. La ley prevé un esquema general, promueve la participación de las instituciones, procura la especialización de las unidades de investigación. El compromiso ineludible de dar una respuesta frontal al delito de secuestro estaba en la agenda gubernamental. De esto da cuenta la votación en el Congreso, casi unánime, para resolver la ley contra el secuestro.

Este texto servirá  tanto para practicantes del Derecho penal como para quienes deseen conocer la estructura de la ley y sus diversos temas, pues al margen del texto legal se sistematizan los conceptos y se añaden algunos comentarios que pueden ser motivo de nuevas investigaciones sobre la materia. (tomado del prólogo)

LIGA PARA ADQUIRIR LA LEY:

https://www.porrua.mx/pagina-busqueda.php?s=ALBERTO+NAVA&type=v

Presentación de la Ley en el Inacipe (página web del Inacipe)

Sobre el caso Zedillo y la nota diplomática (tema: inmunidad)

Esta es la nota diplomática enviada por el Embajador de México a la Secretaria de Estado de los Estados Unidos de América, solicitando la inmunidad del expresidente Zedillo, respecto de la demanda civil  que se interpuso en su contra en aquel país.

Este documento se pretendía indebidamente  reservar por doce años

notas ZED copia

 

El resultado para el expresidente Zedillo fue favorable, El Departamento de Estado norteamericano solicitó el trato de inmunidad a la Corte y  fue concedido. Varias son las notas de periódicos que dan cuenta de esta noticia. Las opiniones divergen. En lo particular, considero que es un precedente más sobre la inmunidad más allá del cargo.

 

Esta fue la primera  respuesta con la que SRE niega entregar copia de la nota diplomática en la que los diarios han señalado, se solicitó fuero inmunidad para el expresidente Zedillo ante una corte Americana.0000500014912 copia

 

 

 

Noticia sobre la presentación del libro La prueba electrónica en materia penal

El 25 de octubre de 2011 se presentó en el Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE)  el libro La prueba electrónica en materia penal  (editorial Porrúa, México, 2011) de la autoría del dr. Alberto Nava Garcés. Como comentaristas del mismo estuvieron el doctor Ricardo Franco Guzmán, sin duda uno de los penalistas más ilustres de México, la doctora Sara Pérez Kasparian, coordinadora de Derecho Penal en la Universidad Anáhuac (México – Norte) y el maestro Gerardo Laveaga, Director General del INACIPE.
El evento se llevó a cabo en el aula de seminarios “Mariano Jiménez Huerta” cuya capacidad (90 personas) fue rebasada, pues más allá de establecerse que existía cupo limitado, se presentaron poco más de 140 personas.
Se destacó al autor como una voz calificada en el tema y cuya experiencia ha sido reconocida por las áreas específicas de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) al considerarlo como consultor externo.
Con breves exposiciones se discutió sobre el ámbito en el que se desarrollan las nuevas tecnologías y de qué modo han influido en la vida cotidiana, destacando, por supuesto de los riesgos que vienen consigo y los retos en el ámbito probatorio.
El libro aborda  cómo obtener correctamente la prueba electrónica, conservarla, ofrecerla exitosamente así como coadyuvar y lograr su desahogo exitoso, puede aprenderse en esta obra, no solo teóricamente sino con una serie de casos de extrema actualidad, seleccionados cuidadosamente, que imprimen a la obra el dinamismo, la buena técnica en la enseñanza  y constatan una vez más, el dominio en el ejercicio práctico del autor.
Presentación del libro La prueba electrónica en materia penal en el Inacipe
A lo largo del texto, está latente aquella máxima que viene del Derecho Romano y que el doctor Nava Garcés cita: “lo ilícito no genera ningún derecho”; no solo  descubrir o generar la evidencia digital nos lleva al éxito, sino también generarla de acuerdo al marco legal preestablecido y  saber cómo cuidar la cadena de custodia de la prueba electrónica.
El doctor Alberto Nava Garcés, con sencillez y humildad -dice la doctora Sara Pérez- nos trasmite el conocimiento con un lenguaje entendible para cualquier lector. La obra nos ata de principio a fin y es difícil desprenderse de sus páginas hasta concluirlas; así es que,  una vez más, él  sigue dando pruebas de su seriedad en la investigación y el ejercicio de la práctica profesional, su tenacidad, laboriosidad y deseo de lograr  altas metas con un gran sentido de  los valores humanos, le  hacen ser merecedor de  nuestro total  respeto y admiración.

Presentación

Bienvenidos todos:

Considero que escribir este blog será una actividad complementaria a la cátedra y a la investigación. Tal vez sea el vaso comunicante. ya lo veré, ya lo veremos. Espero contar con su lectura y sus comentarios.
Creo que al principio habré de poblarlo con algunos textos que desaparecieron de la página web del Inacipe (Inacipe Opina) y que creo aún conservan vigencia.

Luego nutriré la página mes a mes con novedades bibliográficas, noticias y lo que venga al paso.

Estimados amigos, espero que el material sea de su interés y ojalá pueda conocer sus opiniones sobre el contenido.

Nava Garcés, Alberto Enrique
Investigador Titular

Maestro y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (ambos grados con mención honorífica); Exdirector de Investigación y actualmente Investigador Titular del Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE); Miembro del Sistema Nacional de Investigadores (Conacyt); Profesor por Oposición de Derecho Penal en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México y miembro de su Claustro de Doctores; Abogado especialista en materia penal, amparo y nuevas tecnologías; exDirector General adjunto de Asuntos Jurídicos de la Comisión Ejecutiva para la atención a Víctimas (CEAV), exDirector General Adjunto de la Asesoría Jurídica Federal (CEAV); Consultor del despacho del Dr. Ricardo Franco Guzmán; exMiembro del Núcleo Académico Básico de la Maestría en Derecho de las Tecnologías de la Información y la Comunicación del Centro de Investigación e Innovación en Tecnologías de la Información y Comunicación (INFOTEC); Consultor de la Oficina de las Naciones Unidas contra el delito y la droga (UNODC, 2011); Fue titular del área jurídica del CINVESTAV (2003 – 2007) Miembro del Consejo editorial de la revista Criminogénesis, de la Sociedad Mexicana de Criminología y de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho (donde fue electo como Coordinador del área penal para el bienio 2018 – 2020) y Miembro invitado del Instituto de Derecho Informático del Colegio de Abogados de Mar del Plata, Argentina. Convocado por la H. Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Ciencias Penales para realizar el proyecto de la Parte Especial del Código Penal Nacional. Autor y coautor de más de treinta libros de su especialidad. Ha impartido más de ciento cincuenta conferencias a nivel nacional e internacional. ha impartido cátedra en distintas Universidades del país, de donde destacan la U. Anáhuac (Campus norte), U. Modelo (Mérida y Chetumal), UVM (campus San Rafael), Instituto de Posgrado en Derecho e Instituto HÈBO. Participó como miembro de la delegación mexicana para el 27o. período de sesiones de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal (ONU, Viena, 2018).
Departamento: Investigación
Formación Académica

 Licenciado en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
 Maestro en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
 Doctor en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

Otros estudios:

DIPLOMA I Law
Otorgado por el Berkman Center for Internet & Society at Harvard Law School
Harvard University
Internet Law Program 2006

CERTIFICADO DE APTITUD
Otorgado por el Centro de Formación Permanente
de la Universidad de Salamanca
VI FODERTICS (FORUM EXPERTOS Y JÓVENES INVESTIGADORES EN DERECHO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS) 28 de abril de 2017
Idiomas:
Inglés, Francés.
Comprensión de textos de italiano

Temas de Interés
Derecho Penal
Derecho Procesal Penal
Nuevas Tecnologías y Derecho
Amparo

Obras
Autor de:

1.-La Política Penitenciaria en México;
2.-Las Elecciones de 1867 a 1876 desde la perspectiva de Don Basilio Pérez Gallardo;
3.- La política penitenciaria en los Estados Unidos y España, un enfoque de Derecho Comparado;
4.-El impacto social del movimiento universitario 1999 – 2000;
5.- la argumentación en materia penal;
6.- Compilación y prólogo de: Artículos del Dr. Ricardo Franco Guzmán en Criminalia 1951 – 1995. (corregido y sustituido por Doctor Ricardo Franco Guzmán, Breve antología penal, selección y prólogo de Alberto E. Nava Garcés, Porrúa, México, 2012, pp. 246 ISBN 978- 607- 09 -1056 -2)

7.- Análisis de los Delitos Informáticos, Porrúa, México, 2005, 119 pp.
Prologado por el Dr. dr. h.c. Ricardo Franco Guzmán.

8.- Delitos Informáticos, 2ª ed., Porrúa, México, 2007, 165 pp.
Prologado por el Dr. dr. h.c. Ricardo Franco Guzmán.
a) 3ª edición, con prólogo de Dr. dr. h.c. Ricardo Franco Guzmán y palabras a la tercera edición por el Dr. Sergio Carrera Riva Palacio, Director General del INFOTEC, Porrúa, México, 2016, 356 pp., ISBN 978 607 09 2436 1
b) 4ª edición, con prólogo del Dr. Federico Bueno de Mata (Universidad de Salamanca) Porrúa, México, 2018, 248 pp., ISBN 978 607 09 3034 8

9.- El error en el Derecho Penal, Porrúa, México, 2007, 416 pp.
Prologado por el Dr. dr. h.c. Ricardo Franco Guzmán y comentario en cuarta de forros del Mtro. Rubén Quintino Zepeda.

a) segunda edición, con prólogo de Dr. dr. h.c. Ricardo Franco Guzmán y palabras a la segunda edición por el Dr. Dr h.c. Juan Carlos Ferré Olivé, decano de la Universidad de Huelva, Porrúa, México, 2016, 392 pp.
a1) 1ª reimpresión de la segunda edición, con prólogo de Dr. dr. h.c. Ricardo Franco Guzmán y palabras a la segunda edición por el Dr. Dr h.c. Juan Carlos Ferré Olivé, decano de la Universidad de Huelva, Porrúa, México, 2017, 392 pp.

10.- La prueba electrónica en materia penal, Porrúa, México, 2011, 237 pp.
Prologado por la doctora Sara Pérez Kasparian. I.S.B.N.: 978- 607-09-0799-9
a) segunda edición: Porrúa, México, 2015, 381 pp. I.S.B.N.: 978- 607-09-1918-3

11.- El penalista, (artículos, opiniones y reseñas de Derecho penal), INACIPE, México, 2013, pp. 346 ISBN 978-607-7882-72-5
a) 2ª ed, INACIPE, México, 2015, 481 pp. ISBN 978-607-9404-61-1
b) 3ª ed., INACIPE, México, 2018, 551 pp., ISBN 978-607 – 8551 – 33 – 0.

12.- Análisis de la legislación penal mexicana en informática. Retos y perspectivas (Colección Los delitos electrónicos en Latinoamérica), UBIJUS, México, 2015, 218 pp. ISBN 978-607-9389-14-7

13.- El tipo penal y sus elementos, Porrúa, México, 2015, 173 pp.
ISBN 978-607-09-1992-3
a) 1ª reimpresión de la primera edición, Porrúa México, 2016.
b) 2ª edición, con palabras a la segunda edición del Dr. Jesús Zamora Pierce, Porrúa, México, 2018, 177 pp.

14.- Los litigantes, conversaciones con los grandes penalistas de México, Porrúa, México, 2017. 240 pp. ISBN 978-607-09-2699-0
a) 1ª reimpresión de la 1ª edición, Porrúa, México, 2017.
b) 2ª edición, Porrúa, México, 2018. 272 pp.

ANTOLOGÍAS

15.- Doctor Ricardo Franco Guzmán, Breve antología penal, selección y prólogo de Alberto E. Nava Garcés, Porrúa, México, 2012, pp. 246 ISBN 978- 607- 09 -1056 -2

16.- Compilación legislativa en materia electrónica en América Latina (documento de trabajo), libro electrónico, INACIPE, México, 2013, pp. 694, ISBN 978-607-7882-76-3

17.- Culpabilidad (Antología de textos desde el origen del concepto hasta el debate sobre las neurociencias), Selección: Ricardo Franco Guzmán y Alberto Enrique Nava Garcés, Prólogo, Manuel Vidaurri Aréchiga.

COLABORACIÓN EN LIBROS:

18.- Homenaje a Ricardo Franco Guzmán, 50 años de vida académica, Instituto Nacional de Ciencias Penales, México, 2008. (a) Memoria y b) algunas consideraciones acerca del fraude procesal), pp. 457 – 470.

19.- El derecho penal a juicio, Diccionario, 2ª ed., Instituto Nacional de Ciencias Penales, México, 2009.

20.- La independencia de México. A 200 años de su inicio. Pensamiento Social y Jurídico, Facultad de Derecho de la UNAM, México, 2010, pp. 343 – 364. ISBN 978 – 607 – 02 – 1550 – 6.

21.- La Revolución Mexicana. A 100 años de su inicio. Pensamiento Social y Jurídico, Facultad de Derecho de la UNAM, México, 2010, pp. 361 – 386. ISBN 978 – 607 – 021550 – 3.

22.- Doce juicios que cambiaron la historia, Instituto Nacional de Ciencias Penales, México, 2011. pp. 63 – 82. ISBN 978- 607 – 7882 – 47 – 3
a) segunda edición, INACIPE, México, 2013.
b) tercera edición, INACIPE, México, 2016.

23.- Memorias del Seminario “Repercusión de las reformas constitucionales y proyecto de las legales en materia de Amparo”, organizado por la Comisión de justicia, el Centro de Estudios e Investigaciones Parlamentarias de la Cámara de Diputados y la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del PJF A.C. Palacio Legislativo de San Lázaro. 20, 21 y 23 de septiembre de 2011.

Consultable en:

24.- Derecho Penal del Enemigo y Derechos Humanos, (Isabel Claudia Martínez Álvarez coord.), UBIJUS, México, 2015, 243 pp. ISBN 978-607-9389-13-0
¿Era el tipo penal de ataques a la paz contenido en el artículo 362 del Código penal para el Distrito Federal, un Derecho penal del enemigo? (El Derecho penal del enemigo y los amigos), pp. 187 – 202.

25.- “Periscope como herramienta de la autoridad” en el volumen III de las memorias del XX Congreso Iberoamericano de Derecho e Informática, organizado por la FIADI, celebrado en Salamanca, España del 19 al 21 de octubre de 2016, publicado en coedición por la FIADI y la Universidad de Salamanca, pp. 215 – 228, (coordinador Federico de Bueno Mata) Salamanca, España, 2016, ISBN 978-84-16324-43-9.

26.- “Mi maestro” en el libro Ricardo Franco Guzmán, Homenaje por sus 60 años de vida académica, Porrúa, México, 2016, pp. 300-307. ISBN 978-607-09-2555-9.

27.- “La casa de la palabra” en el libro Sin literatura no hay derecho, 1ª edición, Tirant lo Blanch – Colegio Nacional, (Gerardo Laveaga, coordinador), México, 2017, 279 pp. ISBN 978 84 9169 338 3.

28.- “la policía y la víctima” en el libro Derecho operacional, CNDH, coordinado por Alejandro Carlos Espinosa, México, 2017.

29.- “Saqueos en México y redes sociales” (173 – 182), en el libro Fodertics 6.0, los nuevos retos del derecho ante la era digital, Universidad de Salamanca, Máster en Abogacía digital y nuevas tecnologías, coordinado por Federico Bueno de Mata, Granada, España, 2017.

30.- “Grooming” en el libro El abogado actual frente al derecho informático y su enseñanza, Universidad Veracruzana / INFOTEC, (Coord. Evelyn Téllez et al), México, 2017.

Haz clic para acceder a El-abogado-actual-16-de-dic-final.pdf

COORDINACIÓN DE LIBROS

31.- Teoría del delito y dogmática penal (Crítica y método), Porrúa – Universidad Anáhuac, 2012.
(actualmente en prensa la 2ª edición)

32.- Protocolo estandarizado para la tramitación, cumplimiento, control y seguimiento de Órdenes de Protección de víctimas mujeres, niñas y niños en los Centros de Justicia para las Mujeres. Instituto Nacional de Ciencias Penales, 2012, 168 pp. ISBN 978-607-7882-64-0

33.- El derecho en la era digital, Porrúa, México, 2013, 204 pp. ISBN 978 – 607 – 09 – 1406 – 5

34.- Temas fundamentales del Código Nacional de Procedimientos Penales, Porrúa, México, 2015, 250 pp. ISBN 978 – 607 – 09 – 2086 – 8

35.- Temas fundamentales de Derechos Humanos, Porrúa, México, 2018. (en prensa)

36.- Tomo Ciberdelitos, de la colección Desafíos de la justicia penal, INACIPE – Tirant lo blanch, México, 2018 (en prensa)

LEYES COMENTADAS

37.- Ley Federal de protección de datos personales en posesión de particulares y su reglamento con comentarios, Porrúa, México. 2012. I.S.B.N.: 978-607- 090984-9

38.- Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con comentarios, Porrúa, México. 2012. I.S.B.N.: 978-607- 090981-8

39.- Nueva Ley de Amparo, con jurisprudencia que la interpreta, Porrúa, México, 2015.
a) 2ª edición, Porrúa, México, 2017, Porrúa, México, 303 pp. ISBN 978-607-09-2693-8

40.- Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, con comentarios, en coautoría con Giovanna U. Garrido Márquez, INACIPE, México, 2016, 183 pp., ISBN 978-607-8447-24-4 (edición agotada en los primeros meses de su edición).

Código Penal Nacional

2017 invitado por la Honorable junta de Gobierno del Instituto Nacional de Ciencias Penales para redactar la parte especial del proyecto de Código Penal Nacional

Prólogos

1. Romo Jorge, Teoría del Delito, cuaderno de ejercicios, spi, México, 2009.
2. Martínez Álvarez, Isabel Claudia, El Derecho Penal del enemigo, Porrúa, México, 2009.
3. Quintino Zepeda, Rubén, Dolo y Error, Funciones dogmáticas, Flores Editor y Distribuidor, México, 2009. (Prólogo y semblanza del maestro Marcos Castillejos Escobar).
4. Dondé Matute, Javier, El principio de legalidad, perspectivas nacional e internacional, Porrúa, 2010.
5. García Silva, Gerardo, El nuevo sistema de justicia penal, Porrúa, México, 2010.
6. Pérez Kasparian, Sara, Manual de delitos en particular, Porrúa – U. Anáhuac, México, 2012.
7. Franco Guzmán, Ricardo, Delito e injusto, 2ª reimpresión actualizada, Porrúa, México, 2012.
8. Martin Barba, Paul, La responsabilidad de las personas morales, Porrúa, México, 2015.
9. Téllez Carvajal, Evelyn (coord.), et al, Derecho y TIC, vertientes actuales, Infotec – Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, 2016.
Consultable en: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=4065
ISBN: 978-607-02-7410-7
10. Dondé Matute, F. Javier, Extradición y debido proceso, 2ª ed., INACIPE, México, 2017.
11. Cortés Mayorga, Antonio, La prueba testimonial en materia penal, Porrúa, México, 2017.
CREACIÓN Y REVISIÓN DE LEYES
Coautor del quinto borrador del Código Federal de Procedimientos penales. INACIPE. 2009 – 2010. (que se convertiría en el Código Nacional de procedimientos penales).

Participante en las mesas de trabajo de PGR para la creación de la Ley Federal contra el (delito de) secuestro (2009).

Invitado por la Cámara de Senadores para exponer nuestra opinión sobre el documento ACTA (Acuerdo anti falsificación) abril de 2011.

Invitado por la Comisión de justicia, el Centro de Estudios e Investigaciones Parlamentarias de la Cámara de Diputados y la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del PJF A.C. para exponer nuestra opinión sobre las reformas constitucionales y proyecto de las legales en materia de Amparo”. Septiembre de 2011.

Participante en la mesa de trabajo de PGR para la modificación de los delitos en materia de Derechos de Autor y Propiedad intelectual. (2014).

Revisor del Protocolo para la Asesoría Jurídica Federal (CEAV)

Proyecto con Save The Children para legislar sobre grooming. (2015)

La Iniciativa con proyecto que reforma y adiciona diversas disposiciones del código penal federal, de la ley general de víctimas, de la ley de delitos de imprenta y del código nacional de procedimientos penales en materia de legislación regulatoria de los delitos informáticos contra niñas, niños y adolescentes, presentada por diversos partidos en el Senado de la República en febrero de 2016, está basada en los libros sobre el tema que son de nuestra autoría.
Invitado para revisar y actualizar las siguientes leyes:

Ley Federal del Trabajo, Comentarios, Prontuario, Jurisprudencia y Bibliografía, 89 ed., Porrúa, México, 2011, 1211 pp., ISBN 978-970-07-7435-0.
Legislación Federal del Trabajo Burocrático, Comentarios y jurisprudencia, disposiciones complementarias, Porrúa.
Nueva Legislación de Amparo reformada, textos, doctrina y jurisprudencia aplicable, Porrúa. (declinación de este proyecto en 2012, habida cuenta el proyecto que había para una nueva Ley)
Todos de la autoría de Don Alberto Trueba Urbina y Don Jorge Trueba Barrera.

ARTÍCULOS PUBLICADOS

2002
1.- “La política penitenciaria en México, Estados Unidos y España” en revista Lux, Investigación y crítica jurídica, Revista de la Escuela de Derecho de la Universidad Latina. Número 3, julio – diciembre de 2002, México.
2.- “La balada de la cárcel de Reading: Oscar Wilde” reseña en revista Lux, Investigación y crítica jurídica, Revista de la Escuela de Derecho de la Universidad Latina. Número 3, julio – diciembre de 2002, México.

2003
3.- “El futuro del Derecho Penal” en revista Lux, Investigación y crítica jurídica, Revista de la Escuela de Derecho de la Universidad Latina, Número 4, enero – junio de 2003, México.
4.- “La interpretación y la argumentación en materia penal” en revista Lux, Investigación y crítica jurídica, Revista de la Escuela de Derecho de la Universidad Latina, Número 5, julio – diciembre de 2003, México.

2004
5.- “Sistema e Identidad Penal: la tesis de Rubén Quintino Zepeda” en revista Lux, Investigación y crítica jurídica, Revista de la Escuela de Derecho de la Universidad Latina, Número 6, enero – junio de 2004, México.

2006
6.- “Fraude Procesal” en revista Lux, Investigación y crítica jurídica, Revista de la Escuela de Derecho de la Universidad Latina, Número 10, enero – junio de 2006, México.

2009
7.- “Testigo Protegido” en la revista Defensa Penal, interpretación y análisis jurídico, abril- mayo, México, 2009.
8.- “Miscelánea penal” en la revista Defensa Penal, interpretación y análisis jurídico, octubre, México, 2009.
9.- “Ricardo Franco Guzmán, transformador de Instituciones” (en coautoría con Mariel Albarrán Duarte) en la revista Defensa Penal, interpretación y análisis jurídico, diciembre, México, 2009, pp. 38 – 43.

2010
10.- “Los delitos informáticos y su ausencia en la legislación mexicana” en la revista Defensa Penal, interpretación y análisis jurídico, enero, México, 2010.
11.- “La justicia para adolescentes: una asignatura pendiente” (en coautoría con Alejandro Porte Petit) en la revista Mundo del Abogado, febrero, México, 2010.
12.- “Regular a un gigante: la ley federal de competencia económica” en la revista Mundo del Abogado, abril, México, 2010.
13.- “los recursos ordinarios en el nuevo sistema de justicia penal”, en la revista Defensa Penal, interpretación y análisis jurídico, mayo, México, 2010.
14.- “las nuevas amenazas de la tecnología” en la revista Defensa Penal, interpretación y análisis jurídico, mayo, México, 2010.

15.- “Ricardo Franco Guzmán celebra 60 años de abogado y 56 como profesor” en la revista Foro Jurídico, julio, México, 2010, pp. 28 – 33.
16.- “¿para qué sirve la dogmática penal?”, en la revista El Mundo del Abogado, una revista actual, año 13, núm. 137, septiembre de 2010, México, pp. 36 – 39.
17.- “El estado actual de la teoría del delito en México” en Derecho Penal, revista electrónica editada por la Universidad de Friburgo, (Université de Fribourg -Département de droit pénal – Av. Beauregard 11 – 1700 Fribourg-tél +41 26 / 300 80 82), septiembre de 2010, (http://www.unifr.ch/ddp1/derechopenal/articulos/a_20100831_02.pdf )
18.- “La investigación en ciencias penales” (en coautoría con los doctores Javier Dondé Matute y Gerardo García Silva) en la revista Defensa Penal, interpretación y análisis jurídico, número 28, septiembre de 2010, México, pp. 24 -29.
19.- “Los delitos informáticos y su ausencia en la legislación penal mexicana” en Derecho Penal, revista electrónica editada por la Universidad de Friburgo, (Université de Fribourg -Département de droit pénal – Av. Beauregard 11 – 1700 Fribourg-tél +41 26 / 300 80 82), octubre de 2010, (http://www.unifr.ch/ddp1/derechopenal/articulos/a_20100907_04.pdf)
20.- “Los recursos ordinarios del nuevo sistema de justicia penal” (versión amplia) en Derecho Penal Mínimo, revista de análisis jurídico penal, número 4, México, 2010. pp. 233 – 241. ISSN 2007 – 0764.

2011
21.- ¿Procederá la demanda contra el presidente Calderón ante la Corte Penal Internacional?
Opinión, revista El Mundo del Abogado, una revista actual, Año 14, núm. 151, noviembre de 2011, pp. 38 – 39.

2012
22.- “La prueba electrónica”, en la revista Defensa Penal, interpretación y análisis jurídico, enero, México, 2012.
23.- “Entrevista sobre las nuevas tecnologías” y el derecho, en revista El Mundo del Abogado, una revista actual, pp. 38- 41, junio de 2012.
24.- Justicia, (Alfaguara, México, 2012), novela de Gerardo Laveaga, Reseña publicada en la revista El Mundo del Abogado, una revista actual, pp. 58 – 59, octubre de 2012.

2013
25.- “¿Se legitiman los ataques a la paz?” en revista El Mundo del Abogado, una revista actual, junio de 2013. Año 15, número 170, México, pp. 44 – 49, ISSN 2007 – 3350.

2014
26.- “El caso de Sofía Bassi” en la revista Criminogénesis, núm. 11, febrero 2014, páginas: 23-37, ISSN 1870 – 9524.
27.- “Algunas consideraciones sobre la modificación al tipo penal de ataques a la paz, contenido en el artículo 362 del Código Penal para el Distrito Federal”, en Derecho Penal Mínimo, revista de análisis jurídico penal, número 12, México, febrero 2014. pp. 85 – 97. ISSN 2007 – 0764.
28.- “El caso Florence Cassez, la libertad por uso de prueba ilícita” en la revista Iter Criminis, número 5, sexta época, abril – junio de 2014, pp. 45 – 68. ISSN 1665 – 1464.
29.- “la Geolocalización en la regulación procesal penal” en la revista Foro Jurídico, número 135, México, diciembre de 2014, pp. 16 – 20.

2015

30.- “El Código Nacional de Procedimientos penales. Una revisión a sus antecedentes próximos y remotos” en revista El Cotidiano, revista de la realidad mexicana actual, año 30, número 190, UAM Azcapotzalco, México, marzo – abril de 2015, pp. 99 – 108, ISSN 0186 – 1840
31.- “¿De veras pueden tener responsabilidad penal las personas morales?” en revista El Mundo del Abogado, una revista actual, año 16, número 192, México, abril de 2015, pp. 8 – 15. ISSN 2007 – 3350.
32.- “Mis mejores maestros en la Universidad” en revista El Mundo del Abogado, una revista actual, año 16, número 192, México, mayo de 2015, p. 25. ISSN 2007 – 3350.
33.- “Grooming una conducta a tipificar” en la revista Iter Criminis, número 10, sexta época, julio – septiembre de 2015, pp. 51 – 77. ISSN 1665 – 1464.

34.- “Dos visiones sobre el grooming” en revista El Mundo del Abogado, una revista actual, Año 17, número 199, México, noviembre de 2015, pp. 24 – 31, ISSN 2007 – 3350.

2016

35.- “Periscope como herramienta de la autoridad” en la revista Iter Criminis, número 12, sexta época, enero – marzo de 2016 (pero publicada en enero de 2017), ISSN 1665 – 1464.
36.- “La víctima del delito y la policía” (En colaboración con Adrián Franco Zevada, Comisionado en la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas), en la revista Foro Jurídico, número 152, México, mayo de 2016, pp. 46 – 50.
37.- “Periscope: ¿tirar basura es parte de nuestra vida privada?” en revista El Mundo del Abogado, una revista actual, Año 18, número 206, México, junio de 2016, pp. 22 – 26, ISSN 2007 – 3350.
38.- “Obituario para Marco Antonio Díaz de León” en revista El Mundo del Abogado, una revista actual, Año 18, número 208, México, agosto de 2016, pp. 62 – 63, ISSN 2007 – 3350.

2017

39.- “Una pésima forma de celebrar el centenario” en revista El Mundo del Abogado, una revista actual, Año 18, número 214, México, febrero de 2017, pp. 32 – 33, ISSN 2007 – 3350.
40.- “Obituario para el Dr. Julio Hernández Pliego” en revista El Mundo del Abogado, una revista actual, Año 19, número 218, México, junio de 2017, p. 60, ISSN 2007 – 3350.
41.- “Ciberterrorismo” en la revista Foro Jurídico, número 165, México, junio de 2017, pp. 24 – 29.
42.- Entrevista para la revista El mundo del abogado con motivo de la publicación del libro Los litigantes, en revista El Mundo del Abogado, una revista actual, Año 19, número 219, México, julio de 2017, ISSN 2007 – 3350.

43.- Articulista invitado en Milenio Diario con “Javier Duarte ante la nueva justicia mexicana”, 24 de julio de 2017, consultable en: http://www.milenio.com/firmas/alberto_enrique_nava_garces/javier_duarte-explicacion-paso_a_paso-proceso-nuevo_sistema_de_justicia_penal-milenio_18_998480204.html
44.- “Saqueos en México y redes sociales” en la revista Iter Criminis, número 16, sexta época, enero – marzo de 2017 (pero publicada en agosto de 2017), pp. 81 – 100, ISSN 1665 – 1464.

2018

45.- “Ciberterrorismo: la nueva cara de la delincuencia en el S. XXI. La participación y fomento al delito por órganos de gobierno y empresas” en Revista Penal México, números 11 y 12 (septiembre de 2016 – agosto de 2017, publicada en enero de 2018), revista indizada en la base de datos de CLASE y directorio Latindex, INACIPE, México, 2018, ISNN 2007 – 4700, pp. 151 -166.
46.- “Obituario de Gonzalo Aguilar Zinser” en revista El Mundo del Abogado, una revista actual, Año 19, número 227, México, marzo de 2018, ISSN 2007 – 3350, p. 69.
47.- “Opinión sobre el legado jurídico de Enrique Peña Nieto”, en revista El Mundo del Abogado, una revista actual, Año 19, número 227, México, marzo de 2018, ISSN 2007 – 3350, p. 24.
48.- “Entrevista a Hermes Bohórquez, director del Instituto HÈBO”, en revista El Mundo del Abogado, una revista actual, Año 19, número 228, México, abril de 2018, ISSN 2007 – 3350, p. 56 – 61.
49.- “Las Nuevas tecnologías y el Código Penal Nacional”, en revista El Mundo del Abogado, una revista actual, Año 19, número 229, México, mayo de 2018, ISSN 2007 – 3350, p.
50.- “Perfil de Carlos Castresana”, en revista El Mundo del Abogado, una revista actual, Año 19, número 229, México, mayo de 2018, ISSN 2007 – 3350, p.

Publicaciones en INACIPE OPINA

(Página web del Instituto Nacional de Ciencias Penales):
1. La Justicia para adolescentes: una asignatura pendiente.
2. ¿Se legalizan las drogas en México?
3. Algunas consideraciones en torno a la figura de testigo protegido.
4. El Estado de Derecho y el Derecho Penal (a través de sus fines). Estudio en homenaje a la doctora Aurora Arnaiz Amigo.
5. La balada de la cárcel de Reading, de O. Wilde
(reflexiones sobre la prisión)
6. La PGR y la transparencia.
7. La miscelánea penal (I) 2008-2009
8. 15 puntos que debemos observar de la miscelánea penal 2009. (II)
9. Prontuario de Delitos Federales: Un libro de: Bernardino Esparza Martínez, Emilio Daniel Cunjama López y Rocío Hernández Vite, Porrúa – Inacipe, México, 2008, pp. 164.
10. El caso Madoff (fraude en escala superlativa)
11. Pena de Muerte. Los viejos debates y las tareas que tenemos por delante. (discusión entre lo urgente y lo importante)
12. La verdad y sus formas jurídicas de Michel Foucault
(tiempo para releer a Foucault)
13. Ricardo Franco Guzmán: penalista defensor.
14. Los delitos informáticos y su ausencia legislativa.
15. Monterrey. El caso de un joven que disparó contra sus compañeros y su maestra.

2013

15.- Pasos para un código penal único.
16.- Delitos sin pena.
Blog: iusnava

http://www.iusnava.com

En este blog se reprodujeron aquellos artículos que se consideraron vigentes y se incluyeron diversas ligas de interés jurídico.

A la fecha lleva más de 125 artículos publicados (que incluye actualización e información sobre iniciativas de ley en materia penal) y poco más de 65,000 visitas al sitio.

El blog ha sido visitado por personas de todo el continente americano (excepto los países francoparlantes), asimismo ha sido consultado en países de Europa, África y Asia.

Reseñas de libros

1. Ambrosio Michel, Defraudación Fiscal, INACIPE, 2008.
2. Esparza Bernardino, Catálogo de Delitos Federales, Porrúa, 2008.
3. Lineamientos Internacionales en Materia Penal, Dr. Javier Dondé Matute. INACIPE, México, 2009.
4. Dolo y error, consideraciones dogmáticas. Rubén Quintino Zepeda, Flores Editor, México, 2010.
5. Óscar Wilde, El hombre y la cárcel, Inacipe, 2009.
6. El principio de legalidad penal, Raúl F. Cárdenas Rioseco, Porrúa, México, 2009.
7. Tratado de Arbitraje Comercial Internacional Mexicano, Un libro de: Perez Nieto / Graham.
8. Teoría del derecho, autor: Bernd Rüthers, Traducción: Minor E. Salas, Instituto de Formación Profesional, México, 2009.
9. Aportes fundamentales al Derecho Penal, Ubijus – IFP, México, 2010. de Miguel Ontiveros Alonso.
10. Justicia, Alfaguara, México, 2012, novela de Gerardo Laveaga.
11. Derecho Internacional en la práctica latinoamericana, (Evelyn Téllez Carvajal y Rafael Clemente Oliveira Do Prado, coordinadores), UNAM- Tirant lo blanch, México, 2014, 430 pp.

 

 

 
Saludos cordiales
Alberto E. Nava Garcés

más información del autor en :

http://openlibrary.org/authors/OL1408442A/Alberto_E._Nava_Garces

 

PS ¿escribir el blog es un acto altruista? No, definitivamente no. Es solo un medio para dar a conocer los trabajos más recientes y las publicaciones que hemos realizado.