Recientemente el Ejecutivo Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones.
En dicha reforma se establecen obligaciones tanto del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFETEL) como de los proveedores del servicio de telefonía celular y sus respectivos usuarios para realizar un padrón de usuarios, requiriendo de éstos últimos la entrega, entre otros requisitos, de datos biométricos.
En México se tiene la muy mala experiencia de que muchas bases de datos hayan sido usadas de manera indebida y hasta ilícita.
Por tal motivo, hay inquietud en la población si dicha solicitud será apegada a lo que dice el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o no.
Me preguntaron si dicha ley nació muerta. Yo diría que no nace muerta pero si no se interponen los juicios en su contra será una ley invasiva que solo traerá incertidumbre jurídica a los usuarios.
Esto fue parte de lo que dijimos: